De La Espriella elimina la cuota inicial y la hipoteca para afectados por el terremoto

El Gobierno de Abelardo De La Espriella anunció una nueva medida para facilitar el acceso a vivienda a los colombianos afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto.

A través del Decreto 1416 del 17 de septiembre de 2026, el Gobierno estableció mecanismos especiales de financiación para que los damnificados puedan reparar, reconstruir o reponer sus viviendas, así como adquirir una vivienda nueva o usada que sustituya el inmueble afectado.

La medida contempla que los créditos puedan otorgarse sin exigir una cuota inicial. Además, en determinadas operaciones, no será necesario constituir una hipoteca tradicional sobre el inmueble, siempre que la entidad financiera cuente con una garantía admisible, cobertura estatal o un mecanismo equivalente para mitigar el riesgo.

El beneficio está dirigido exclusivamente a personas cuya vivienda haya sido destruida, declarada inhabitable o gravemente afectada por el terremoto y que se encuentren en alguno de los 16 departamentos cobijados por la declaratoria de emergencia.

Entre los departamentos incluidos están Chocó, Quindío, Risaralda, Valle del Cauca, Antioquia, Cauca, Caldas, Huila, Nariño, Santander, Tolima, Cundinamarca, Bolívar, Caquetá, Norte de Santander y Sucre.

La medida tendrá una vigencia de 12 meses. Sin embargo, el decreto aclara que no existe un derecho automático al crédito: los bancos deberán verificar la capacidad de pago de cada solicitante y cumplir con sus obligaciones de gestión de riesgos y protección al consumidor financiero.

Las cooperativas de ahorro y crédito también podrán participar en este mecanismo y otorgar financiación a las personas afectadas, incluso cuando no sean previamente asociadas a estas entidades.

Con estas medidas, el Gobierno busca facilitar la recuperación y reconstrucción de los hogares afectados por el terremoto y ampliar las alternativas de financiación para quienes perdieron o sufrieron daños graves en sus viviendas.