JEP activa ejecución de sanciones contra antiguo Secretariado de las Farc: salida del país requerirá autorización
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) activó formalmente la ejecución y el seguimiento de las sanciones impuestas a siete integrantes del antiguo Secretariado de las Farc por los hechos investigados en el Caso 01, relacionado con la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes cometidos durante el conflicto armado.
Los sancionados son Rodrigo Londoño Echeverri, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.
De acuerdo con las decisiones de la JEP, los siete fueron considerados máximos responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad relacionados con secuestros, homicidios, desapariciones forzadas, torturas, violencia sexual, desplazamiento forzado y otros hechos victimizantes. La sentencia fue confirmada definitivamente en julio de 2026.
Sanciones de entre cinco y ocho años
La duración de las sanciones varía según cada compareciente: Rodrigo Londoño y Pablo Catatumbo deberán cumplir ocho años; Jaime Alberto Parra, siete años, diez meses y dos días; Milton de Jesús Toncel, siete años, ocho meses y 25 días; Pastor Alape, seis años, 11 meses y 22 días; Julián Gallo, seis años; y Rodrigo Granda, cinco años.
La ejecución contempla restricciones y mecanismos de supervisión destinados a garantizar que las actividades restaurativas sean cumplidas de manera efectiva. El periodo de ejecución de las sanciones está previsto entre agosto de 2026 y febrero de 2034.
Salir del país no será libre
Uno de los puntos establecidos por la JEP corresponde a las restricciones de movilidad. Los sancionados deberán permanecer en una residencia fija, cumplir horarios determinados y solicitar autorización para determinados desplazamientos.
La salida del territorio nacional también estará sometida a autorización de la JEP. Es decir, los comparecientes podrán solicitar permisos para viajar al exterior, pero estos deberán ser evaluados y autorizados por la jurisdicción.
El caso de Rodrigo Londoño ya había generado atención en julio de 2026, cuando la JEP autorizó su viaje a Madrid tras verificar las condiciones aplicables a su situación.
Además, durante la ejecución de las sanciones se contempla el uso de dispositivos de seguimiento electrónico como mecanismo de control.
Trabajo restaurativo en los territorios
Las sanciones no se limitan a restricciones de movilidad. El componente central es restaurativo y contempla proyectos destinados a contribuir a la reparación de las víctimas y a la reconstrucción de los territorios afectados por el conflicto.
Dentro de las actividades previstas se encuentran acciones relacionadas con memoria y reparación simbólica, búsqueda de personas desaparecidas, protección del medioambiente y territorio y labores frente a minas antipersonal.
Uno de los primeros escenarios será el cementerio San Antonio de Padua, en Pitalito, Huila. Entre el 21 y el 30 de septiembre, Rodrigo Londoño, Rodrigo Granda, Pastor Alape, Jaime Alberto Parra y Milton de Jesús Toncel participarán en una intervención de búsqueda de personas dadas por desaparecidas.
Las labores estarán bajo la dirección técnica de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas e incluirán actividades de apoyo logístico, organización del área, señalización, labores topográficas, retiro controlado de vegetación, excavación manual y apoyo a los equipos de antropología.
La JEP aclaró que esta intervención no constituye una nueva sanción, sino que hace parte de los proyectos restaurativos contemplados dentro de la sentencia.
Con la activación de la ejecución, el Tribunal para la Paz asume el seguimiento directo de las sanciones y deberá verificar que los siete antiguos integrantes del Secretariado cumplan tanto las actividades restaurativas como las restricciones y demás condiciones establecidas judicialmente.

